El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 34 indica que la jornada laboral queda establecida según el Convenio Colectivo o contrato de trabajo. No obstante, una jornada ordinaria no puede superar en promedio anual las 40 horas de trabajo efectivo. Estas horas no quedan marcadas por semana, ya que depende del trabajo se pueden repartir de forma irregular. Es decir, hay semanas que pueden trabajarse más horas que otras, siempre y cuando se respeten los descansos tanto diarios como semanales.

Otro punto importante son las horas diarias. Salvo excepciones según el Convenio Colectivo o entre la empresa y el trabajador, la jornada laboral diaria no puede superar las 9 horas, incluyendo sus correspondientes descansos. Además, entre jornadas tiene que haber un descanso de 12 horas salvo jornadas especiales.

Todas aquellas empresas que incumplan la jornada laboral se enfrentan a multas de hasta 7.500 euros según explica Legalitas, atendiendo a la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden social.

Horas extras en la jornada laboral

Las horas extras o extraordinarias son las que se realizan por encima de la jornada ordinaria de trabajo. Según la Ley queda prohibido realizar más de 80 horas extraordinarias al año cuando no sean compensadas con descansos durante los cuatro meses posteriores.  No se tienen en cuenta aquellas que se realizan por fuerza mayor, es decir, para prevenir o reparar algún problema o daño.

Cabe destacar que cualquier requerimiento empresarial fuera de la jornada laboral debe ser considerado horas extras. También durante el teletrabajo. Es importante tener en cuenta que los empleados que trabajan desde casa tienen derecho a la desconexión laboral y responder correos, llamadas, etc. fuera del horario tiene que considerarse horas extras.

Su valor es mayor. Las horas extras que no se compensen con el descanso correspondiente debe hacerse con una hora ordinaria. En caso de que se realicen en días festivos o de descanso semanal su valor se incrementará como mínimo en un 75%.

Además, realizar horas extras es una decisión del empleado, en ningún caso existe la obligación de hacerlas. Salvo contrato o Convenio Colectivo. Además, hay algunas circunstancias en las que por Ley están prohibidas.

En primer lugar, cuando se trate de menores de 18 años; cuando la jornada se realiza en horario nocturno, en caso de trabajadores a tiempo parcial y para empleados con discapacidad en centros especiales de empleo.

Los trabajadores que se nieguen a realizar horas extras tienen derecho a mantener su puesto de trabajo. El trabajador no puede ser sancionado ni despedido por no realizar horas extras que no esté obligado a hacer. 

The post Multas por incumplir la jornada laboral appeared first on Blog Club del Emprendimiento.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.