El modelo 130 en autónomos es una declaración trimestral de ingresos y gastos. Se trata, por tanto, de una autoliquidación del IRPF por la que se ingresa en Hacienda un porcentaje de los beneficios de la actividad económica del autónomo a cuenta de su declaración anual de renta.
Es el medio que utiliza Hacienda para recaudar el IRPF de los autónomos cuyos ingresos no están sometidos a retención, como recoge en su página web JraEconomistas. Así, adelantan el pago del impuesto en lugar de tener que desembolsarlo todo de una vez al presentar la declaración. Con esta medida, Hacienda logra financiarse mientras que el autónomo disminuye la cantidad a pagar al presentar la declaración de la renta.
¿Quién tiene la obligación de presentar el modelo 130?
La obligación de presentar el modelo 130 en autónomos se genera en la declaración de inicio de actividad. Es el propio contribuyente el que comunica a la Agencia Tributaria que tiene que presentar el modelo. Esto no significa que Hacienda no te lo pueda reclamar si no lo has marcado y estás obligado a presentarlo.
Apuntan desde JraEconomistas que este modelo tienen que presentarlo los autónomos y miembros de sociedades civiles o comunidades de bienes que ejerzan actividades económicas. Y tienen que hacerlo por el método de estimación directa normal o simplificada.
Quién no está obligado a presentarlo
No están obligados a presentar el modelo 130 los autónomos que realicen actividades profesionales cuando, en el año anterior, al menos el 70% de sus ingresos fueron objeto de retención. Tampoco los autónomos que realicen actividades agrícolas, ganaderas o forestales si en el año anterior al menos el 70% de sus ingresos fueron también objeto de retención. Eso sí, con la excepción de las subvenciones corrientes o de capital y de las indemnizaciones recibidas, puntualizan desde JraEconomistas.
Al inicio de la actividad se tendrá en cuenta, a estos efectos, el porcentaje de los ingresos que hayan sido objeto de retención en el período al que se refiere el pago fraccionado.
Si estás dado de alta en varios epígrafes del IAE, tanto empresariales como profesionales, deberás presentar las declaraciones trimestrales en cualquier caso.
También es obligatoria su presentación siempre que realices una actividad empresarial, sin importar los ingresos que obtengas por ella, recuerdan desde JraEconomistas.
¿Cuándo presentar el modelo 130 en autónomos?
El plazo para presentar el modelo 130 es trimestral. Las fechas son las siguientes:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero.
En caso de que el plazo de presentación termine en festivo o fin de semana se amplía hasta el próximo día lectivo.
El modelo 130 en autónomos se puede presentar a través de internet o en papel. En cualquiera de los dos formatos es necesario rellenar un formulario que está disponible en la web de la Agencia Tributaria. Para acceder a este formulario el contribuyente tiene que entrar en su sede electrónica y hacer clic en el apartado ‘Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas‘. Allí encontrará el del modelo 130 para autónomos.
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