Una de las medidas puestas en marcha para favorecer la actividad de pymes y autónomos ha sido la de aprobar un aplazamiento del pago de impuestos. Ante la crisis sanitaria muchos profesionales autónomos y empresarios se vieron afectados y no podían hacer frente a los pagos y obligaciones fiscales. La falta de actividad se traducía en falta de ingresos y eso, unido la falta de liquidez, provocaba que los trabajadores por cuenta propia se hayan encontrado en una situación muy difícil. El aplazamiento en el pago de los impuestos es una ayuda para dar tiempo a que puedan recuperarse y, así, poder hacer frente a los pagos.

Novedades en el aplazamiento de impuestos

Ante la actual situación, el Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto-ley con el fin de que pymes y autónomos dispongan de un mes más de periodo sin intereses en aplazamientos de impuestos, hasta sumar cuatro meses de carencia. Esta medida nace con el fin de mitigar, en la medida de lo posible, el impacto de la pandemia del covid-19 en el tejido empresarial de nuestro país. Hasta finales de mayo ya  habían solicitado el aplazamiento 1.016.688 entidades, de las que se han podido beneficiar 638.652 personas.

Más medidas incluidas en el Real decreto

El Real Decreto también incluye cambios en el Impuesto de Sociedades. Aquellos que no hayan podido aprobar sus cuentas anuales antes del plazo establecido en la  declaración del Impuesto sobre Sociedades, podrán hacer dicha presentación  con las cuentas anuales que se dispongan en ese momento. Si, una vez aprobadas las cuentas, son distintas a las presentadas, las sociedades tendrán hasta el 30 de noviembre para presentar la nueva declaración.  si el ingreso que se tengan que realizar es superior al ya realizado, no habrá ningún tipo de recargo.

De igual manera, se ha aprobado una medida para facilitar la continuidad de los negocios más pequeños. La lista de deudores de Hacienda se retrasará. De esta manera, se garantizará al máximo los derechos de los contribuyentes. El listado, que normalmente se debe publicar el primer semestre de cada año, se podrá presentar este año hasta el día 30 de septiembre. El Real decreto decreto también incluye dos suplementos de crédito debido a la prórroga presupuestaria de 99 y 272 millones de euros.

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