El Impuesto de Valor Añadido (IVA) es una de las obligaciones más populares de las actividades económicas con Hacienda. Este impuesto se incluye en las operaciones de las empresas cuando venden un producto o servicio. Los autónomos deben incluir el IVA en cada factura que realicen para después presentarlo a la Agencia Tributaria.
Los autónomos deben llevar una contabilidad exhaustiva en su IVA soportado y repercutido, ya que una vez que la factura se emita, ese IVA debe presentarse en la próxima declaración. De esta manera, cada factura deberá incluir el porcentaje de IVA correspondiente, dependiendo del tipo de actividad.
Sectores y actividades exentos de IVA
Sin embargo, existen algunos sectores de actividad que no están sujetas a IVA. Es decir, hay autónomos que por su actividad se libran de pagar el IVA, es el caso de aquellas actividades relacionadas con la educación, por ejemplo. Tanto la enseñanza en centros públicos, privados e, incluso, las clases particulares están exentas de IVA.
De igual manera, el sector sanitario no está sujeto a IVA. Todas las asistencias médicas o actividades relacionadas con la salud no tienen que llevar IVA en sus facturas. Aquellos servicios prestados a personas en situación de dependencia, tampoco llevan IVA en su factura.
Por otro lado encontramos aquellas actividades que tengan contraprestaciones en concepto de derechos de autor. Éstas tampoco llevan IVA en sus facturas. Es el caso de escritores, colaboradores literarios o artistas.
Tampoco llevan IVA las operaciones relacionadas con seguros o financieras. Incluso, los alquileres de vivienda o la entrega de terrenos no edificables tampoco llevan IVA.
Los servicios de los propios socios a las cooperativas y las entregas de dinero tampoco llevan IVA, además de las operaciones para el aprovechamiento de aguas.
Por último, en el caso de los autónomos con actividades de comercio exterior también se libran de pagar IVA. La entrega de bienes fuera de España no lleva IVA en su factura.
Es importante tener en cuenta que la Agencia Tributaria exige una serie de requisitos para que el autónomo o empresario pueda librarse de incluir el IVA en sus operaciones.